- La Asociación Naturalista de Aragón (ANSAR) es el colectivo naturalista más antiguo de la comunidad de Aragón y uno de los primeros que surgieron en España, habiendo sido declarada entidad de utilidad pública en el año 2002.
- ANSAR viene denunciando ante las diferentes Administraciones aquellos hechos que considera que, presuntamente, pueden ser constitutivos de infracción administrativa al objeto de que se investiguen, interesando también ser parte en los eventuales procedimientos sancionadores que se instruyan al efecto.
- El Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, en su Sentenciade 7 de Julio de 2017 (Ponente: Arozamena Laso, Ángel Ramón – Nº de Sentencia: 1188/2017 – Nº de Recurso: 1783/2015) ha reconocido la legitimación de las asociaciones ecologistas como ANSAR no solo para formular denuncias sino también para ser parte en los procedimientos sancionadores ambientales. Así lo señala la Sentencia: “…reconociendo la condición de interesada de la Fundación Oceana en los procedimientos sancionadores incoados contra el Schackenborg y el Burgas 3 o, en su defecto, como dice la recurrente, reconocer su legitimación para ser parte en el procedimiento sancionador al ejercer la acción popular en asuntos medioambientales y, en consecuencia, a que se le notifiquen los actos producidos en el procedimiento sancionador y se le permita formular alegaciones y participar en la instrucción del mismo (…)”.
- Concretamente, ANSAR ha presentado varias denuncias administrativas de contenido ambiental ante el Ayuntamiento de Zaragoza que, salvo error u omisión de ANSAR, o bien no se han tramitado, o bien, si se han tramitado, el Ayuntamiento de Zaragoza no ha tenido a ANSAR como parte en los procedimientos tal y como se puede comprobar en los siguientes casos.
- Como consecuencia de lo anterior, ANSAR insta al Ayuntamiento de Zaragoza a tramitar las denuncias ambientales que presenta y a considerar a la asociación parte en los procedimientos administrativos sancionadores.
MUSICA EN EL PARQUE GRANDE (ESTABLECIMIENTO “EL ROTO”)
- El pasado mes de diciembre de 2025 ANSAR presentó un escrito ante el Ayuntamiento en el que, entre otros extremos y después de exponer diversos antecedentes, solicitaba lo siguiente en relación con el establecimiento “El Roto” de El Parque Grande: a) Que el Ayuntamiento de Zaragoza inspeccionara la utilización de música en los establecimientos hosteleros del Parque Grande a fin de verificar que se cumple con la normativa de aplicación; b) Que, si como consecuencia de la anterior se constataba algún incumplimiento, se incoara el correspondiente expediente sancionador; c) Que si se incoaba algún procedimiento sancionador se tuviera a la asociación como parte interesada en el expediente sancionador al amparo de la Ley 27/2006 y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo notificándole todos los actos e informes que se dicten y emitan. d) Que, con carácter general, se adoptaran las medidas necesarias para garantizar la protección del Parque Grande José Antonio Labordeta y que se conserve con mayor cuidado e interés las zonas verdes de la ciudad.
- La anterior petición no tuvo respuesta del Ayuntamiento. Ante la falta de respuesta, en el mes de enero de 2026, ANSAR volvió a presentar un escrito reiterando su petición.
- La anterior petición, nuevamente, no tuvo respuesta. No obstante, ANSAR sí recibió en febrero de 2026 una información de la Policía Local en la que ésta indicaba que se habían realizado varias inspecciones y que las denuncias fueron remitidas a los órganos instructores correspondientes para su tramitación, desconociendo la Policía el estado de la tramitación.
- En el mes de febrero de 2026 ANSAR volvió a presentar un escrito ante el Ayuntamiento en el que interesa que (i) por el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Zaragoza se incoara e instruyera el correspondiente expediente sancionador derivado del boletín de denuncia policial referido a ejercer la actividad en el establecimiento “El Roto” del Parque Grande con equipo de música y (ii) que se le tuviera a ANSAR por parte en el mismo.
- Pese a todo lo anterior, al día de la fecha, ANSAR no ha tenido noticia alguna de la incoación de ningún expediente sancionador por parte del Ayuntamiento y ,si se ha incoado, no se le ha tenido a ANSAR como parte.
ARBOLADO EN EL PARQUE GRANDE (ESTABLECIMIENTO “EL ROTO”).
- El pasado mes de diciembre de 2025 ANSAR presentó una denuncia administrativa ante el Ayuntamiento Zaragoza por la presunta contravención de la normativa de protección del arbolado en el Parque Grande, concretamente, en el establecimiento hostelero “El Roto”. En dicho escrito, después de exponer diversos antecedentes, se solicitaba lo siguiente: a) Que tuviera por formulada denuncia por incumplimiento de la Ordenanza de Protección del Arbolado Urbano del Ayuntamiento de Zaragoza y se tramitara un expediente sancionador para depurar responsabilidades y, en su caso, imponer sanciones. b) Que se tuviera a la asociación como parte interesada en el expediente sancionador al amparo de la Ley 27/2006 y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo notificándole todos los actos e informes que se dictaran y emitieran. c) Que se adoptaran las medidas cautelares necesarias para garantizar la protección del arbolado, para evitar la continuidad del daño ocasionado y para asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer en el procedimiento sancionador. d) Que se adoptaran las medidas necesarias para proceder a la restauración de la realidad física alterada.
- El anterior escrito de ANSAR no tuvo ningún tipo de respuesta por parte del Ayuntamiento.
- Como consecuencia de ello, en el mes de enero de 2026 ANSAR volvió a reiterar su solicitud que, hasta la fecha, sigue sin ningún tipo de respuesta por parte de la Administración.
- ANSAR no ha tenido noticia alguna de la incoación de ningún expediente sancionador por parte del Ayuntamiento y ,si se ha incoado, no se le ha tenido a ANSAR como parte.
OBRAS PÚBLICAS Y ARBOLADO EN CALLE MANUEL LASALA
- El pasado mes de noviembre de 2025 ANSAR presentó ante el Ayuntamiento de Zaragoza un escrito por la presunta contravención de la regulación de la Ordenanza Municipal de protección del arbolado urbano con ocasión de la ejecución de obras públicas en la calle Manuel Lasala en el que, después de exponer diversos hechos y antecedentes, solicitaba lo siguiente: a) Que tuviera por formulada denuncia por incumplimiento de la Ordenanza de Protección del Arbolado Urbano del Ayuntamiento de Zaragoza y tramitara un expediente sancionador para depurar responsabilidades y, en su caso, imponer sanciones; b) Que se tuviera a la asociación como parte interesada en el expediente sancionador al amparo de la Ley 27/2006 y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo notificándole todos los actos e informes que se dictaran y emitieran. c) Que se adoptaran las medidas cautelares necesarias para garantizar la protección del arbolado, para evitar la continuidad del daño ocasionado y para asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer en el procedimiento sancionador. d) Que se adoptaran las medidas necesarias para proceder a la restauración de la realidad física alterada.
- ANSAR no recibió ningún tipo de notificación por parte del Ayuntamiento una vez presentado el anterior escrito, por lo que en enero de 2026 reiteró su petición sin obtener respuesta hasta la fecha.
- ANSAR no ha tenido noticia alguna de la incoación de ningún expediente sancionador por parte del Ayuntamiento y ,si se ha incoado, no se le ha tenido a ANSAR como parte.
INSTALACIÓN ARTIFICIAL Y PRESUNTOS DAÑOS POR BTT EN EL ESCARPE DE ALFOCEA
- En el mes de diciembre de 2025 ANSAR presentó un escrito ante el Ayuntamiento Zaragoza en el que denunciaba los daños causados por el tránsito de bicicletas en escarpe de Alfocea (UTM 669436/4621529) por trocha abierta para descenso violento del mismo, con instalación de diversos materiales ajenos a la naturaleza. En dicho escrito, después de exponer los antecedentes de hecho, se solicitaba lo siguiente: a) Que tuviera por formulada denuncia por alteración del medio físico, daños en vegetación natural y molestias a fauna protegida en escarpe de Alfocea y se tramitara un expediente sancionador para depurar responsabilidades y, en su caso, imponer sanciones. b) Que se tuviera a la asociación como parte interesada en el expediente sancionador al amparo de la Ley 27/2006 y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo notificándole todos los actos e informes que se dictaran y emitieran. c) Que se adoptaran las medidas cautelares necesarias para garantizar la protección del espacio alterado, para evitar la continuidad del daño ocasionado y para asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer en el procedimiento sancionador. d) Que se adoptaran las medidas necesarias para proceder a la restauración de la realidad física alterada.
- ANSAR no recibió ningún tipo de respuesta a la denuncia formulada y en el mes de enero de 2026 reiteró su petición sin obtener, nuevamente, una respuesta por parte de la Administración.
- ANSAR no ha tenido noticia alguna de la incoación de ningún expediente sancionador por parte del Ayuntamiento y, si se ha incoado, no se le ha tenido a ANSAR como parte.
Artículos relacionados:
Denunciamos afecciones de BTT al escarpe de Alfocea. Ansar, 4 enero 2026.








